A- de 2024
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Bloom Herrera Evelin·Demandado Ese Hospital Local De San Fernando Bolivar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de demandas laborales promovidas por empleados públicos contra empresa social del estado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Magangué, Bolívar y el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Mompox, Bolívar.
La causa que da origen a la controversia consiste en demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por una ciudadana, en contra de la empresa social del estado Hospital Local San Fernando, cuyas pretensiones, entre otras, son, que se declare que ha operado el silencio administrativo negativo con relación a la petición presentada ante la ESE Hospital San Fernando en la que solicitó el pago de su salario adeudado, auxilio de cesantías y otras acreencias laborales, se declare la nulidad del acto administrativo presunto que se configuró al no haber pronunciamiento frente dicha petición y que se declare la existencia de una relación laboral entre las partes, con la condena del valor del pago de salarios y otros conceptos referidos en escrito de demanda.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena refiere como precedentes los Autos 796, 858 de 2021 y 681 de 2022 para decidir conforme lo resuelto en ellos que, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer de una demanda laboral contra una Empresa Social del Estado promovida por un empleado público, situación jurídica que se constata con las funciones que desempeña en la entidad acorde con lo previsto en la Ley 10 de 1990.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Magangué, para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Mompox, Bolívar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Magangué y el Juzgado
- Segundo. Promiscuo del Circuito de Mompox en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Magangué es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por Evelin Bloom Herrera en contra de la ESE Hospital Local San Fernando.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5185 al Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Magangué, para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Segundo. Promiscuo del Circuito de Mompox, Bolívar.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.